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Disuelven la Fundación Fondo de Jubilaciones y Pensiones del personal Docente

06/02/2014 16:38 Age: 10 años
By: Ingrid Uzcátegui Foto: Jordana Ochoa DIC/UCV
Firma de disolución del FONJUCV y transferencia de bienes a la UCV

Firma de disolución del FONJUCV y transferencia de bienes a la UCV

 

El Consejo Universitario de  la UCV  en su sesión ordinaria  realizada el 30 de junio de 2010 y ratificada el 5 de febrero de 2014 y de  mutuo y común acuerdo,  entre la Asociación  de Profesores de la UCV  (APUCV) y Consejo de Profesores Universitarios Jubilados de la UCV (CPUJCV),  decidieron  disolver la Fundación Fondo de  Jubilaciones y Pensiones  del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Central de  Venezuela (FONJUCV).

 

El activo social FONJUCV no será repartido entre los organismos asociados  más  aún, todos sus bienes muebles e inmuebles de cualquier  naturaleza,  serán cedidos en plena propiedad a la UCV y serán destinados  única  y exclusivamente  a  la seguridad social  del profesorado  de esta casa de estudio.

 

Para Víctor  Márquez,  presidente de la APUCV, este acto significa ejecutar una decisión que tomó el Consejo Universitario. “Pero que tenía que ser avalada  por los entes fundantes de disolver la Fundación Fondo, permanece el Fondo de Jubilaciones en términos de recursos económicos para las pensiones y jubilaciones, lo único es  que ahora no sólo tiene que ver con esta materia, sino  con los aspectos de salud, recreación y todo lo que implica  la seguridad social del profesorado”, acotó.

 

“Hace treinta y dos años se tomó la decisión de  crear  este  fondo para  beneficio de la seguridad  social de los profesores y en este  momento la Universidad de forma  soberana, tomó la decisión de traer estos fondos para que la institución los maneje” explicó, Alexis Ramos, Presidente de CPJUCV.

 

La  rectora de la UCV, Cecilia García Arocha, destacó que “Lo más importante de esta decisión, es su carácter autónomo.  Se preservan los activos para  la seguridad social del profesorado”.

 

La entrega del FONJUCV la hará un liquidador,  quien será designado de mutuo acuerdo por los tres  entes  involucrados, en un plazo no mayor  de cuarenta y cinco días.


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