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Reubican en categoría superior del escalafón a docentes de la UCV

10/02/2014 14:27 Age: 10 años
By: Foto: Jordana Ochoa DIC/UCV

 

El Vicerrectorado Académico se dirige a la comunidad ucevista en ocasión de la aprobación por parte del Consejo Universitario (sesión del 22.01.2014) de la Universidad Central de Venezuela (UCV), del informe final de la Comisión UCV/Asociación de Profesores (APUCV), que se encargó de tramitar y cristalizar la Resolución (CU) 311 que promueve la reubicación en categoría superior del escalafón docente a profesores que satisfacen los criterios establecidos en la referida resolución.

 

Introducción

Es motivo de honda satisfacción, compartir con las profesoras, los profesores y toda la comunidad ucevista, la aprobación de los resultados de la Comisión UCV/APUCV que trabajó y concretó la Resolución 311 (aprobada en sesión del CU-12.06.2013) cuyo propósito ha sido en términos de medida transitoria, excepcional y por una sola vez, la reubicación en el escalafón de aquellos docentes que, habiendo sido previamente contratados por la UCV, para el momento en que concursaron en oposición para optar a la categoría de instructor poseían credenciales y méritos suficientes para haber concursado en categoría superior.

 

La Comisión UCV/APUCV estuvo presidida por el Vicerrector Académico, profesor Dr. Nicolás Bianco C, coordinada por el profesor José Clemente Marín (Gerente, Comisión Clasificadora Central del Vicerrectorado Académico), profesor Gregorio Afonso (APUCV), Abogada Yarabí Gruber (Dirección de Asesoría Jurídica) y los profesores miembros del Consejo Central de la CCC: Marta Barrios (Agronomía), María Eugenia Sosa (Arquitectura), Marinela Barrero (Ciencias), Pedro García Avendaño (Ciencias Económicas y Sociales), Santos Morrone (Ciencias Jurídicas y Políticas), José Castillo (Ciencias Veterinarias), Norma de Castro (Farmacia), Rodrigo Fernández (Humanidades y Educación), María De Armas (Ingeniería), José Delgado (Medicina), María Galifi Tama (Odontología) y Esther Gamus (CENDES).

 

265 docentes de las diferentes Facultades consignaron los documentos respectivos, de los cuales 146 fueron procedentes, 113 improcedentes y 6 no fueron admitidos por no estar contemplados sus casos en el espíritu y propósito de la Resolución 311.

 

Aprobación por parte del CU en la sesión del 22.01.2014:

Analizado el Informe presentado por la Comisión Clasificadora Central, UCV/APUCV, se acuerda realizar una nueva Resolución, cuyo contenido es del tenor siguiente:

 

1.- Para los casos cuyos ascensos fueron considerados procedentes en el escalafón de acuerdo al Informe de la Comisión Clasificadora Central, adscrita al Vicerrectorado Académico de la UCV, ya que cumplieron con todos los requisitos para optar a una categoría superior de acuerdo a la Resolución N° 311, el Consejo Universitario procederá a enviar la autorización a la Comisión Clasificadora Central para que inicie el procedimiento para la respectiva reubicación en el escalafón. Una vez aprobada la autorización se remitirá a los respectivos Consejos de Facultad para el trámite correspondiente.

 

Asimismo, el Consejo Universitario exhorta a los respectivos Consejos de Facultad a dar la debida celeridad y realizar el movimiento de personal a través del Departamento de Recursos Humanos de cada Facultad.

 

2.- Para los casos de aquellos profesores que tienen que presentar el trabajo de ascenso, de acuerdo a los Artículos 9 y 10 de la Resolución N° 311, el Consejo Universitario acuerda establecer un lapso de treinta (30) días hábiles para consignar los ejemplares del trabajo de ascenso ante el Consejo de la Facultad respectivo, y proceder a nombrar el jurado examinador que lo evaluará previa presentación y defensa del trabajo.

 

3.- Para aquellos casos en los que el profesor fue beneficiado con la reubicación en la categoría superior, pero su trabajo de ascenso fue producto de estudios en la UCV, o de programas institucionales de financiamiento de la Universidad, los profesores deben consignar ante el Consejo de la Facultad respectivo el acta veredicto en un lapso de treinta (30) días hábiles, con la finalidad de realizar los trámites correspondientes en el escalafón y el movimiento de personal a través del Departamento de Recursos Humanos de cada Facultad.

 

4.- Para los Instructores reclasificados a la categoría de Asistente que cumplieron con todos los requisitos para optar a una categoría superior y que tengan que presentar el trabajo de ascenso, pero que también deben incorporarse al Diplomado de Aletheia, salvo que hayan cumplido cabalmente su Plan de Formación y Capacitación, o en los casos en que el Profesor haya estado desarrollando un Plan de Formación y Capacitación distinto al Diplomado Aletheia, el Consejo Universitario exhorta a los profesores aspirantes a la reubicación en categoría superior a culminar en un lapso de seis (6) meses a un (1) año su formación pedagógica.

 

Conclusiones:

Presentamos nuestras felicitaciones a esta nueva expresión de avance académico y presencia vital de la UCV y su cuerpo docente. Vaya asimismo nuestro agradecimiento al Consejo Universitario, al Rectorado, al Vicerrectorado Administrativo, a la Junta Directiva de la APUCV y en especial a los miembros de la Comisión UCV/APUCV y al personal de la Comisión Clasificadora Central del VRAC por este encomiable esfuerzo que favorece la carrera académica y la calidad de vida de nuestros docentes.

 

 

Atentamente,

 

Prof. Nicolás Bianco Colmenares

Vicerrector Académico

 

Prof. José Clemente Marín Prof. Gregorio Afonso

Gerente Com. Clasificadora Central APUCV

 


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