- Año de Creación: 1958
- Presidenta: Profa. Alicia Smith - Kelly
- Ubicación: Quinta Silenia - La Floresta
1. Tomar las medidas conducentes a la eficaz organización y desarrollo de los procesos electorales.
2. Elaborar y
actualizar los registros electorales.
3. Oír y
decidir en primera instancia administrativa, las
impugnaciones que se formularen en relación con la
composición de los registros electorales.
4. Nombrar y
remover a los miembros de las Subcomisiones electorales
e informar al Decano de la respectiva Facultad sobre
dichos nombramientos o remociones.
5. Asegurarse
del cumplimiento de sus respectivas funciones por parte
de las Subcomisiones Electorales y, en casos de
urgencia, asumir directamente el conocimiento de
materias correspondientes a dichas Subcomisiones, cuando
éstas, por cualquier causa, no hubieren resuelto sobre
las mismas.
6. Remitir al
Consejo Universitario, cada vez que sea necesario, las
listas de los mandatos por finalizar y proponer las
fechas de las respectivas elecciones, a fin de proceder
a la correspondiente convocatoria.
7. Convocar a
elecciones universitarias en los plazos legales.
8. Hacer las
convocatorias, participaciones y avisos relativos al
proceso electoral.
9. Admitir los
candidatos propuestos para las elecciones, previa
comprobación de que reúnen las condiciones requeridas
para el cargo o representación correspondiente, y de que
la postulación se ha hecho de conformidad con la Ley y
los Reglamentos.
10. Fijar,
previa consulta con la autoridad universitaria
respectiva, los locales destinados para las votaciones.
El consejo Universitario será informado de los locales
escogidos.
11. Recibir las
actas de votación, de escrutinios y de totalización por
Facultades y, en el caso de que así fuere necesario,
hacer los cómputos pertinentes y elaborar el acta de
totalización final.
12. Proclamar a
los candidatos electos siguiendo, si fuere el caso, el
procedimiento establecido en el artículo 171 de la Ley
de Universidades.
13. Denunciar
ante el Consejo Universitario las irregularidades
observadas y transmitir aquéllas que le hayan sido
denunciadas.
14. Calificar
la propaganda electoral y, si fuere necesario, ordenar
el retiro de la propaganda inapropiada.
15. Preparar y
distribuir con la debida anticipación el material
necesario para los procesos electorales.
16. Extender
las credenciales a los testigos electorales con
expresión de la mesa y la elección correspondiente, así
como la plancha o candidato que representa.
17. Elaborar
para cada proceso electoral, las instrucciones
correspondientes para las mesas electorales.
18. Organizar y
conservar su archivo y los libros, actas y demás
recaudos referentes a los procesos electorales.
19. Llevar los
protocolos de sus reuniones y archivarlos debidamente.
20. Solicitar a
las directivas de los Colegios o Asociaciones
Profesionales la designación de los representantes de
los egresados, una vez concluidos los lapsos de sus
representantes y previa participación al Consejo
Universitario.
21. Otorgar la
credencial de reconocimiento a los representantes de los
egresados, designados por los colegios y asociaciones,
una vez verificado el cumplimiento de los requisitos
exigidos.
22. Comunicar a
las instancias universitarias pertinentes los
representantes de los egresados reconocidos por la
Comisión para los respectivos organismos de cogobierno.
23. Convocar,
organizar y efectuar la elección para elegir el
representante de los egresados ante los Consejos de las
Facultades que tienen más de un Colegio o Asociación de
egresados.
24. Convocar,
organizar y efectuar la elección para elegir el
representante de los egresados ante el Consejo
Universitario.
25. Convocar,
organizar y efectuar la elección para elegir el
representante de los estudiantes ante la Comisión
Electoral entre los Representantes Estudiantiles a los
Consejos de Facultad.
26. Las demás
que le señalen las leyes y reglamentos.