Disposiciones específicas para la consignación de los trabajos de licenciatura, trabajos y tesis de postgrado, trabajos de ascenso

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El Consejo de la Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad Central de Venezuela  

En uso de las atribuciones previstas en el Artículo 62 –numeral 11- de la Ley de Universidades vigente y en concordancia con lo previsto en el Reglamento General  sobre el uso de medios digitales en la producción académica de la Universidad Central de Venezuela, dicta las siguientes  Disposiciones específicas para la consignación de los trabajos de licenciatura, trabajos y tesis de postgrado,  trabajos de ascenso   

Exposición de motivos  

Actualmente existen nuevas situaciones que conducen a realizar  ajustes en los procesos convencionales de la Universidad para adecuar el funcionamiento ordinario de su actividad docente y de investigación a las nuevas exigencias. De allí que para la presentación de los trabajos de licenciatura, trabajos y tesis de postgrado, y trabajos de ascenso se deba realizar las adaptaciones necesarias que permitan el desarrollo de los procesos correspondientes. Uno de los factores con mayor incidencia y que dificulta el cumplimiento puntual de los compromisos académicos, es el alto costo material y humano que generan los trámites administrativos o académicos, producto de la escasez de materia prima y los elevados precios de bienes y servicios.     Por otra parte, el desarrollo de la sociedad de la información supone desafíos para innovar en educación. Los docentes así como las generaciones  de estudiantes nacidos durante la era digital se enfrentan al conocimiento desde otras perspectivas. Este escenario demanda nuevos entornos de acción, enseñanza y aprendizaje. En tal sentido,  la tecnología de la información y la comunicación (TIC) resulta un medio que ha pasado de ser una posibilidad a erigirse como una necesidad en la gestión universitaria. Es por esta razón que los reglamentos y normativas vigentes de la Universidad se deben ajustar a esta nueva realidad con el fin de cubrir las demandas de ampliación y difusión de los productos de la docencia y la investigación en un marco de políticas de libre acceso.  

En este ámbito referencial y con el fin de apegarse a las normas y adecuarse a los nuevos escenarios, la Facultad de Humanidades y de Educación considera necesario aplicar la mediación tecnológica en el acto de consignación para la evaluación de trabajos de investigación para optar a título o ascenso en sus diversas modalidades, abriendo una nueva alternativa a los mecanismos convencionales.   

Atendiendo a lo anterior, la Facultad resuelve normar la consignación en formato digital de los trabajos presentados para obtener títulos de pre y postgrado y alcanzar ascensos en el escalafón universitario.    

Disposiciones Específicas  

De conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 del Reglamento de Trabajos de Licenciatura de las Escuelas de la Facultad de Humanidades y Educación, así como lo previsto en el Reglamento Interno de la Comisión de Estudios de Postgrado y en el Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la UCV, en relación con el procedimiento y condiciones a cumplir en la entrega de los trabajos en formato impreso para su respectiva evaluación, se establecen las siguientes Disposiciones Específicas, que regularán de forma expresa la consignación de los trabajos a defender en formato digital. Las presentes Disposiciones se aplicarán por igual en todas las dependencias académicas donde se realicen actos de evaluación de tesis y/o trabajos de postgrado o ascenso, como una opción adicional a la entrega de los trabajos en formato impreso   

De la entrega  

1. El texto debe ser entregado en un archivo único en CD, en  dos formatos: uno en PDF y otro en Word.   

2. El material digital entregado para su evaluación debe respetar las normas de presentación establecidas para los trabajos de licenciatura, de postgrado y ascenso entregados en formato impreso.   

De la entrega y recepción  

3.  El alumno o profesor deberá entregar los CD en la respectiva instancia, verificando previamente que el material esté completo y en los formatos solicitados. Igualmente, deberá consignar el número de ejemplares requerido de acuerdo al número de integrantes del jurado examinador previsto en cada modalidad. Las Escuelas o instancias correspondientes al recibir los CD deberán verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos y abstenerse de recibir el material de comprobar alguna falta.    

4. La Coordinación Académica de la Escuela, la Coordinación Académica del  Postgrado y la Oficina de la Comisión Clasificadora Sectorial de la Facultad serán responsables de garantizar en cada caso que los materiales sean entregados a los integrantes del jurado designado.     

De la Coordinación de la defensa  

5. El (los) autor (es) deberá (n) remitir el trabajo en formato impreso, únicamente cuando algún integrante del jurado haga solicitud expresa, debidamente justificada, ante el Coordinador del mismo.  

6. El acto de defensa y evaluación del trabajo o tesis se mantiene en los términos establecidos en cada una de sus modalidades e instancias.  

7. Cuando el jurado examinador recomiende modificaciones al trabajo, el autor (es) deberá (n) consignar un nuevo CD con la versión definitiva.    

8. Efectuada la defensa, de resultar aprobatoria, el (los) autor (es) deberá (n) remitir un ejemplar impreso de la versión definitiva del trabajo  (siguiendo la normativa de la Facultad según el caso) para el acervo bibliográfico de la Universidad. Este requisito es indispensable para la solicitud del grado o la aprobación del ascenso, según el caso.    

9. Los casos dudosos o no previstos en estas Disposiciones Específicas  serán resueltos en última instancia por el Consejo de la Facultad.      

Dado, firmado y sellado en la Ciudad Universitaria de Caracas, a los veinte (20) días del mes de febrero del año dos mil diez y ocho (2018). 

 

Vincenzo P. Lo Monaco                                                       

El Decano-Presidente

Solange Orta 

La Secretaria

CIUDAD UNIVERSITARIA DE CARACAS
"PATRIMONIO MUNDIAL" (UNESCO, 2000)

"La mejor garantía de conservación de los monumentos y de las obras de arte viene del afecto y respeto del pueblo, y ese respeto asienta sus bases en la educación y en el fomento de su conocimiento". (Carta de Atenas, 1931)